Novedades en la renta 2023: Beneficios fiscales y práctica deportiva.

Novedades en la renta 2023: Beneficios fiscales y práctica deportiva.

La FEMECV informa al colectivo federado de la posibilidad de esta nueva deducción autonómica, del 30% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
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La Generalitat Valenciana ha establecido hasta un máximo de 150€ deducibles por contribuyente, del 30% de la suma de los gastos realizados en servicios deportivos del ejercicio 2023, incluyendo la cuota de pertenencia a clubes y federaciones deportivas.

Sin embargo, hay tener en cuenta una serie de puntualizaciones:  

  • Los gastos que se pueden deducir son los de los servicios de 2023 (del 1 de enero al 31 de diciembre), en nuestro caso solo la licencia federativa de 2023, que puede haberse pagado al inicio de la campaña en diciembre de 2022 o durante todo el año 2023. No son deducibles, por lo tanto, los servicios de 2024, es decir, la licencia de 2024 (aunque se haya pagado en 2023).  

 

  • Del total del coste que supuso la adquisición de la licencia federativa se podrá deducir el 30% de la cuota de la Federació d’Esports de Muntanya i Escalada de la Comunidad Valenciana (FEMECV) y de la cuota de la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada (FEDME), ya que el resto son conceptos referidos a seguros, complementos, y esta cantidad varía según la modalidad elegida en el momento de la tramitación. Consultar la tabla de tarifas y modalidades 2023.

 

  • El trámite a realizar en el documento de la Declaración de la Renta 2023, se limita a indicar, en el apartado de “Deducciones Autonómicas”, casilla 1960.- “Por cantidades satisfechas en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables”, el 30% de la suma de todos los gastos realizados en estos conceptos, sin tener que aportar ninguna factura o justificante en el momento (sí deberán estar disponibles como cualquier otro documento fiscal para presentarlas en caso de ser solicitado por la AEAT). 

 

  • Hay distintas formas de proceder para la obtención de las facturas respecto a la situación de cada una de las personas federadas, según si: 
    • Perteneces a un Club que ha realizado un pago conjunto (una factura con más de una licencia): 
      • Tu Club emitirá un certificado donde se te identifique como socio/a del Club y que has realizado el pago de la licencia federativa. 
    • Perteneces a un Club que ha realizado el pago individual:
      • Tienes que solicitar a la FEMECV o a tu club la factura correspondiente. 
    • No perteneces a ningún Club: 
      • Tienes que solicitar a la FEMECV.
         

En el documento adjunto, se puede ampliar y consultar la información respecto a los requisitos necesarios para poder beneficiarse de estas deducciones, así como los gastos que se consideran deducibles y otra información importante.

Las consultas sobre temas fiscales y presentación de la renta se deberán realizar de forma particular a asesores, contables… o a través de los medios de contacto que ha habilitado la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
 

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